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TRIBUNAL DE OSORNO CONDENO POR COLUSION A TODA LA LOCOMOCION COLECTIVA
08/01/2010  



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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), condenó a nueve empresas de microbuses y cuatro de taxis colectivos de la ciudad de Osorno al pago de diversas multas, por haberse coludido a fines de 2007 para alzar coordinadamente los pasajes.

La sanción se cursó tras acogerse un requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) e indicó que Sociedad de Transportes Central, Transportes Camino Real, Sociedad de Transportes Frankol, Sociedad de Transportes Líneas Nueve, Transportes Las Golondrinas, Transportes Veinte Blanco Azul, Administradora Francke y Sociedad de Transportes Centenario modificaron coordinadamente sus tarifas en el periodo posterior al 27 de noviembre de 2007, prohibieron la modificación autónoma por parte de cada empresa de las tarifas y acordaron un mecanismo para fijarlas coordinadamente en el futuro.

A consecuencia de lo anterior, limitaron la oferta global de servicios de transporte de pasajeros en Osorno repartiéndose cuotas de mercado y "limitando de la posibilidad de competir por medio de la innovación empresarial y, por tanto, la capacidad de incrementar la calidad de los servicios ofrecidos".

El TDLC alcanzó también la convicción de que Sociedad de Transportes Perla del Sur S.A., Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos Línea 17, 17-A, 18 de Osorno, Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos Perla del Sur y Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos de Osorno también alzaron coordinadamente las tarifas a los usuarios del transporte público de pasajeros de la ciudad de Osorno.

El Tribunal impuso multas menores que las que habrían correspondido normalmente para un caso de esta naturaleza en atención, entre otras circunstancias, a que la Secretaria Regional de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Lagos de la época realizó prácticas que facilitaron la colusión entre los condenados.

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Fecha de última actualización: 17/08/2010


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